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El gobierno apuesta por un peligroso cambio de rol mientras se pierden capacidades de defensa.
La política de defensa a la orden de la irresponsabilidad, desprofesionalización y perdida de capacidades.
Defensa15/12/2024Por Viktor Kalganov
El régimen neoliberal de Milei está promoviendo emplear las FFAA en seguridad interior, lo que conducirá a su desprofesionalización y a la incapacidad para cumplir su misión principal que es la defensa de la soberanía e integridad territorial.
Las FFAA no deben intervenir en seguridad interior no porque la ley se los impida ni porque vaya a ir presos “tenientes y cabos”. Las FFAA no deben intervenir en seguridad interior porque no son el instrumento adecuado para combatir la delincuencia. Lo que sí pueden hacer las FFAA es intervenir en un conflicto armado no internacional en propio territorio, que es la situación que se configura en los Art 31 y 32 de la ley 24.059 cuando el agresor no estatal (llámese Hamas, el Mossad, los monos o alguna insurgencia sostenida por los británicos para contribuir a la balcanización de la Argentina) haya superado a las fuerzas de seguridad de lo que se deriva la necesidad de “RESTABLECER LA SEGURIDAD INTERIOR” alcanzando el umbral establecido en el Art 3 Común CG (Convenios de Ginebra) y que obliga, según el Art 32 (Art 99 Inc 15 CN) ut spra a hacer intervenir al congreso según el Art 25 Inc 75 CN que es el único que en definitiva autoriza a las FFAA de la Nación a intervenir en conflictos armados. Apelar al uso de las FFAA para combatir al terrorismo fuera del Art 3 comun es puro oportunismo político e ignorancia criminal. La primera respuesta al terrorismo es policial como lo dice el mayor experto en el tema Bard o Neil en su libro “Insurgency and Terrorism” y por ese motivo el pais que tanto admiran los que quieren meter a las FFAA en seguridad interior tiene el posse comitatus que impide al empleo de as FFAA en seguridad interior (Los gobernadores pueden emplear la Guardia Nacional, nosotros para eso tenemos a las Fuerzas Federales).
En los años 70 los decretos 261/75 y SS hablaban de neutralizar/ aniquilar ELEMENTOS SUBVERSIVOS lo cual abría la puerta a la aplicación del Art 3 común teniendo en cuenta cuestiones básicas de derecho internacional humanitario y cumpliendo con el estado final estratégico a fines de 1975 con lo cual debería haber cesado la intervención de las FFAA y dejado el resto del trabajo a las FFSS como dice la doctrina sería de contrainsurgencia (no la que algunos copian de películas y videojuegos). Si, durante el Operativo Independencia ordenado por un gobierno constitucional hubo crímenes de guerra y violaciones a los DDHH, algunos fueron juzgados, otros quedaron impunes.
Pero no, en lugar de desescalar el conflicto con los grupos armados en retirada vino el golpe del 76 y como lo dice Videla en el libro disposición final de Ceferino Reato el golpe no era necesario para aniquilar a la subversión y tuvo por propósito disciplinar a la sociedad y al peronismo e imponer un modelo neoliberal mediante las armas. Donde, además, se modificaron los decretos 261/75 y SS eliminando la palabra neutralizar, dejando el aniquilar que lo interpretaron como exterminar haciendo gala de poco conocimiento de la teoría militar, lo cual no debería sorprender a nadie dada la incompetencia demostrada por las FFAA en la lucha contra grupos armados, el conflicto con Chile y luego Malvinas.
Pero lo más interesante de todo y haciendo gala de una irresponsable soberbia tuvieron la brillantez de llamar a los elementos subversivos como 'DELINCUENTES subversivos" pasando de encuadrarlos en el derecho internacional humanitario donde los crímenes no prescriben al derecho penal local donde los crímenes si prescriben. Por eso los militares están y seguirán presos porque al haber el mismo proceso de reorganización nacional reemplazado la situación de conflicto armado no internacional (por criminal ignorancia) por una de seguridad interior se aplican los instrumentos de DDHH donde los crímenes estatales no prescriben y los no estatales si. Para resumir, hasta 1975 hubo un conflicto armado intencionalidad, a partir del 24 de marzo de 1976 se trató lisa y llanamente de un plan de exterminio.
Luego de esta breve síntesis podemos ver que no hay que modificar ni la ley de defensa ni la ley de seguridad interior, simplemente hay que aplicar la norma. El problema surge cuando las verdaderas intenciones del régimen neoliberal no son la defensa de la soberanía nacional sino imponer políticas de dominación al servicio de intereses extranjeros, como en los 70. Y por lo que veo es que no aprendimos nada.